Saltar al contenido
Inmobiliaria Cerdanyola » Noticias inmobiliarias » ¿Se puede vender una vivienda de protección oficial VPO?

¿Se puede vender una vivienda de protección oficial VPO?

vender vpo

Si eres propietario de una Vivienda de Protección Oficial (VPO) y deseas venderla, siempre surge la duda de si se puede vender o no. Y la respuesta es sí, aunque deberás tener en cuenta una serie de aspectos. ¿Cuáles? A continuación, te los contamos.

Cuando hablamos de viviendas de protección oficial, la venta de estas no es tan sencilla como la venta de una vivienda normal. Ya que, para vender un piso VPO tendremos que tener en consideración las peculiaridades de este tipo de viviendas. Como, por ejemplo, los plazos que hay que cumplir para que las viviendas queden liberalizadas. O las autorizaciones para poder hacer la venta antes de tiempo.

Debes tener en cuenta que una Vivienda de Protección Oficial (VPO) es un inmueble que tiene un precio de compra o de alquiler por debajo de otras propiedades del mercado. Este tipo de viviendas están promovidas y subvencionadas por los gobiernos de las comunidades autónomas para facilitar el acceso a una vivienda digna a las familias más vulnerables. De ahí el valor económico de las mismas.

La construcción de estas viviendas es producto de un convenio realizado entre las empresas constructoras y el Estado, debido a que las empresas promotoras se benefician de ayudas económicas por parte del gobierno. Al beneficiarse de estas ayudas, las promotoras se comprometen a vender o alquilar este tipo de viviendas por un precio máximo establecido por cada comunidad autónoma.

¿Qué es una Vivienda de Protección Oficial (VPO)?

La Vivienda de Protección Oficial se ha convertido en una opción a tener en cuenta para quienes están interesados en acceder a una vivienda. Con las dificultades que hay en la actualidad para acceder a una vivienda digna y de calidad, estas viviendas son una excelente alternativa, sobre todo, para los jóvenes que buscan su primera vivienda.

Las viviendas protegidas permiten que las personas más desfavorecidas puedan acceder a una vivienda digna, siendo cada comunidad autónoma la que establecerá los requisitos para comprar o alquilar este tipo de viviendas. Cuando se clasifica a una vivienda como de protección oficial, el promotor y el comprador reciben ciertos beneficios, quedando sujetos a cumplir algunas condiciones legales durante el tiempo que esta vivienda se encuentre clasificada.

La Administración pública establecerá una serie de requisitos legales para que una vivienda sea clasificable como de protección oficial, como, por ejemplo, un precio y tamaño máximo. Así mismo, se tendrán que establecer una serie de requisitos para el comprador. Como sus ingresos máximos (expresados en múltiplos del Indicador Público De Renta De Efectos Múltiples), la no tenencia de otra vivienda, empadronamiento en el ayuntamiento local y demás.

Si el número de compradores es mayor al de la oferta de Viviendas de Protección Oficial, las Administraciones encargadas realizarán un sorteo para fijar las adjudicaciones. Es así que, el constructor va a comprometerse a no vender la vivienda por un valor superior al precio máximo fijado por la administración y que, por lo general, se ubican por debajo de los precios de mercado.

Como resultado de esto, los promotores reciben una serie de beneficios económicos, como la financiación de una gran parte del proyecto, llegando en algunos casos, hasta el 80 %, a un tipo de interés inferior.

Gracias a esto, el comprador va a adquirir una vivienda a un precio muy por debajo del precio de mercado y en algunas Comunidades Autónomas, podrá beneficiarse de subvenciones económicas para la compra de la vivienda.

Además, el comprador deberá respetar una serie de normativas de su nueva vivienda, tanto de uso como de venta especial. Como primera norma, la vivienda deberá ser el domicilio habitual del comprador y si este desea revender la vivienda, deberán pasar una serie de años. El precio de venta se encuentra fijado por la administración, la cual también posee derecho preferente de compra, evitando con esto la especulación con este tipo de viviendas.

Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) surgen para facilitar el acceso a una vivienda digna y accesible. La primera legislación en España que habla acerca de VPO es el Decreto 2131/1963, de 24 de julio. No debemos olvidar que España es un país que se caracteriza por ser comprador de vivienda, pero, en estos últimos años, esta dinámica se está frenando, dando paso al alquiler como opción principal.

Tipos de Vivienda de Protección Oficial

Por lo general, cuando hablamos de viviendas de protección oficial utilizamos el término VPO (Vivienda de Protección Oficial). Pero, debemos tener claro que, existen diversos tipos de viviendas protegidas.

Las Comunidades Autónomas tienen otorgadas las competencias sobre las Viviendas de Protección Oficial, por lo cual, los tipos, siglas y requisitos de estas, según los territorios, pueden variar. Así como los decretos en los que se apoyan para adjudicar estas viviendas.

Viviendas de protección oficial (VPO)

Este tipo de viviendas fueron ideadas con el propósito de hacer más fácil el acceso a una vivienda de calidad a los más desfavorecidos y son el tipo más antiguo de todos.

Viviendas de protección oficial de promoción pública (VPOPP)

Se trata de Viviendas de Protección Oficial se caracterizan porque la administración pública se encarga de la gestión de la compra del suelo, la financiación y la construcción. La calidad de este tipo de la construcción de estas viviendas, así como su precio tienden a ser mayores que en una VPO.

cuando se puede vender una casa de proteccion oficial

Viviendas de protección pública (VPP)

Otro tipo de viviendas de protección pero que, en este caso, pueden ser para uso propio, para la venta, para arrendamiento o para integración social.

Viviendas con protección pública básica (VPPB)

Este tipo de viviendas es una subcategoría de las viviendas de protección pública, pero que tienen una condicionante adicional y es que no pueden superar los 110 metros cuadrados y tienen un precio máximo legal de venta.

Viviendas de protección oficial de promoción privada

Otro de los tipos que existen son las viviendas de protección oficial de promoción privada. En este caso, será la administración pública la que aportará el terreno, la edificación y la financiación, pero será la empresa privada la que lleve a cabo la construcción.

Vivienda de precio tasado o precio limitado (VPPL)

La singularidad de este tipo de vivienda de protección es que solo puede ser destinada a la compra, aunque en ciertas ocasiones también se puede destinar para el alquiler.

Requisitos para acceder a la compra de una Vivienda de Protección Oficial

Como ya lo hemos visto líneas arriba, existen ciertos requisitos que limitan el acceso a una Vivienda de Protección Oficial. Unos requisitos que a continuación desglosamos:

  • El comprador deberá utilizar la Vivienda de Protección Oficial como vivienda habitual y permanente. Adicionalmente, el comprador no podrá ser propietario de otros inmuebles.
  • Otro de los requisitos que se tienen en cuenta son los ingresos de la unidad familiar del comprador, los cuales tendrán un límite máximo que no podrán superar y que serán fijados por cada comunidad autónoma. Como norma general no escrita, se puede sostener que los ingresos familiares no podrán superar 5,5 veces el IPREM.

Esto quiere decir que, solo podrán adquirir una Vivienda de Protección Oficial las familias que no superen unos ingresos mensuales de 2 985 euros en doce pagas, o de 2 954 en catorce pagas.

viviendas de proteccion oficial cuando se pueden vender

¿Es posible vender una vivienda de protección oficial?

Debes tener claro que conseguir una Vivienda de Protección Oficial no es nada fácil, debido a que su disponibilidad es limitada, además que deberás cumplir algunos requisitos. Pero, cuando se consigue cumplir con todos los requisitos, vender una Vivienda de Protección Oficial sí es posible, siempre y cuando se cumplan las condiciones exigidas.

¿Se puede vender una VPO pasado el periodo de protección?

Como ya lo hemos visto, la calificación de Vivienda de Protección Oficial tiene un periodo de validez, una vez terminado este periodo, la vivienda pasa a ser libre. Ten en cuenta que no podrás vender una VPO ni alquilarla hasta que este periodo termine. Pero, existen algunas excepciones a la norma.

Los periodos de validez más comunes en este tipo de vivienda son 10 o 30 años. Deberás considerar que el tiempo de protección va a variar en base al tipo de vivienda y según la comunidad autónoma donde se encuentra la misma. Si quieres saber el periodo de protección de la vivienda de protección que compraste, tendrás que recurrir a la escritura de compraventa para consultarlo.

Será en la escritura donde podrás encontrar que la Vivienda es de Protección Oficial y también, cuál es la fecha de calificación. Si quieres vender tu Vivienda de Protección Oficial tendrás que dejar que transcurra ese plazo. Si tu idea es esperar el término del periodo de validez de la vivienda de protección, no será necesario que solicites una autorización y tampoco estará obligado a devolver las ayudas que se te fueron otorgadas en su momento.

Requisitos para vender una casa de protección oficial

Si quieres vender tu casa de protección oficial debes tener en cuenta que:

  • Deben pasar, por lo menos, 10 años entre la compra y la venta de la vivienda, para que esta pueda perder la condición de protegida, aunque existen algunas excepciones a esta norma.
  • El precio de venta de la vivienda, no deberá superar, en ningún caso, el máximo legal.
  • El nuevo dueño que vaya a adquirir la vivienda de protección, tendrá que cumplir con todas las condiciones exigibles en estos casos para así poder ser el dueño de una VPO.
  • Adicionalmente, si quieres vender una Vivienda de Protección Oficial, deberás reunir una serie de documentación, relativa a la VPO.

Documentación requerida para vender una Vivienda de Protección Oficial

Si quieres vender tu vivienda de protección oficial, deberás dirigirte a la Oficina de Vivienda de tu localidad y solicitar una autorización de venta. Para este fin, tendrás que entregar la siguiente documentación

  • Documento Nacional de Identidad
  • Justificantes de todas las ayudas que se hayan percibido.
  • El contrato de la hipoteca, si existiera, para poder acreditar el tipo de préstamo que tienes.
  • La calificación de la Vivienda de Protección Oficial.
  • El número de expediente de la finca.
  • Nota Simple de la propiedad.

se puede vender una vivienda de protección oficial

¿Puedo solicitar la descalificación voluntaria de mi Vivienda de Protección Oficial?

Otra opción para vender tu VPO sin tener que esperar a que la misma cumpla con el plazo establecido o a que los compradores reúnan los requisitos enumerados anteriormente, es pedir la descalificación voluntaria de la misma. Este es un trámite que te permitirá convertir tu vivienda protegida en vivienda libre.

Para que puedas realizar esto, tendrás que solicitar autorización a la comunidad autónoma en la cual se encuentra la vivienda, de manera concreta, a la Consejería competente en materia de vivienda.

Al ingresar a la página web oficial del Ministerio de Fomento podrás saber que la descalificación voluntaria la pueden solicitar los titulares de una vivienda protegida. Para esto, será necesario que presenten la fotocopia del DNI/NIF, la fotocopia de la escritura de propiedad de la vivienda y la fotocopia de la escritura de la cancelación del préstamo cualificado, si es el caso.

Se podrá solicitar la descalificación de una VPO mientras dure el periodo legal de protección de la vivienda que se desea descalificar. Cuando se conceda la descalificación y la venta sea autorizada, el precio de la vivienda se encontrará sujeto al precio máximo de venta establecido en la legislación vigente. Es decir, una casa de este tipo nunca se podrá vender por un valor más alto del precio que es fijado por la administración pública.

¿Tengo que devolver las ayudas al vender un piso de protección oficial?

Si deseas vender una Vivienda de Protección Oficial antes de que el periodo de protección termine, tendrás que devolver las ayuda que se te hayan otorgado desde la compra, incluyendo el interés legal, como indica el Ministerio de Fomento. Es decir, deberás devolver todas las ayudas o bonificaciones que te haya otorgado tanto el Estado, como la comunidad autónoma o el ayuntamiento.

¿Puedo alquilar mi Vivienda de Protección Oficial?

Si te has planteado alquilar tu VPO, tendrás que saber que será igual que si la quieres vender, ya que, una vivienda de protección oficial únicamente se puede poner en alquiler cuando se convierta en vivienda libre. Entonces, tendrás que esperar a que el plazo de protección de la vivienda termine o realizar la solicitud de descalificación voluntaria.

Igualmente, si tienes pensado alquilar una Vivienda de Protección Oficial, deberás devolver todas las ayudas que se te han concedido desde el momento de la adquisición. No podrás alquilar tu VPO antes de que esta se convierta en vivienda libre, ya que, uno de los requisitos para acceder a una vivienda de protección es que esta sea tu vivienda habitual.

Si tienes pensado vender una vivienda de protección oficial, recuerda que es aconsejable que te acerques al organismo de tu comunidad que se encarga de regular este tipo de viviendas. Si lo prefieres, podrás contactar con nosotros, tu inmobiliaria en Cerdanyola del Vallès, para ayudarte en estos temas.

Guía de descalificación de Vivienda de Protección Oficial

Esta guía de descalificación de VPO se encuentra recogida en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, la cual nos dará las pautas a tener en cuentas para realizar este trámite de la manera más fácil y sencilla.

¿Qué se solicita con este trámite?

Este trámite nos permitirá solicitar la descalificación de la vivienda protegida, con la finalidad de anular las limitaciones a las que se encuentra sujeta. Otorgándonos la facultad de disponer de manera libre de ella. Esta solicitud se realiza con el objeto de descalificar la vivienda de protección oficial para su conversión en vivienda libre.

¿Quién podrá solicitar la descalificación de la VPO?

La descalificación voluntaria podrá ser solicitada por los titulares de una vivienda protegida, siempre y cuando, haya transcurrido el plazo establecido en el Plan de Vivienda al que esté acogida.

¿A qué Administración Pública tengo que dirigirme para solicitar la descalificación?

Tendrás que solicitar la descalificación a la Comunidad Autónoma donde se encuentre calificada la vivienda, siendo la Administración competente de iniciar y resolver este procedimiento. Tendrás que dirigirte a la Consejería competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, según las instrucciones y el modelo de impreso que ha establecido cada una de las Comunidades Autónomas.

Deberás presentar la siguiente documentación para solicitar la descalificación de la VPO:

  • Fotocopia del DNI / NIF del solicitante
  • Fotocopia de la escritura de propiedad de la vivienda.
  • Fotocopia de la escritura de la cancelación del préstamo cualificado, si es el caso.

Como ya hemos consignado líneas arriba, el plazo de presentación de la solicitud de descalificación de una VPO será mientras dure el periodo legal de protección. Este periodo se encuentra establecido en el Plan de Vivienda al que se encuentra acogida la vivienda que se quiere descalificar.

se puede vender un piso de protección oficial

¿En qué lugar puedo presentar la solicitud?

Únicamente serán los titulares de una Vivienda de Protección Oficial quienes podrán solicitar la descalificación voluntaria, siempre y cuando haya transcurrido el plazo que establezca el Plan de Vivienda al que se encuentre acogida.

Estos podrán presentar la solicitud en diversos organismos, como son:

  • En los registros de los órganos de las Comunidades y Ciudades Autónomas a las que se dirija.
  • En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades de la Administración Local. En el último caso, se tendría que haber suscrito un convenio de manera oportuna.
  • En las oficinas de Correos.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Devolución de ayudas

Obtenida la descalificación de la VPO tras la solicitud de la misma por la Comunidad Autónoma correspondiente, y motivación de la aceptación de la descalificación, por la misma Comunidad Autónoma, se tendrá que realizar la devolución de las ayudas públicas recibidas de las siguientes entidades:

Esta devolución tendrá que realizarse con los intereses legales correspondientes, los cuales serán calculados desde el momento de la percepción de las ayudas.

- Cofundador de Banker & House
- Gerente y director de operaciones
- Más de 25 años de experiencia en el sector inmobiliario

Vender tu casa


This will close in 0 seconds