
¿Qué gastos conlleva heredar una vivienda?
¿Me interesa aceptar una vivienda en herencia? Heredar un piso o en general aceptar una herencia, nos puede afectar negativamente en el ámbito económico y lejos de suponer una ganancia provocar enormes pérdidas, ya que el valor de la herencia, en algunos casos, puede ser inferior al coste de los impuestos y otros gastos que supone la aceptación de la herencia, si además existe alguna carga sobre el inmueble heredado (una hipoteca por ejemplo) la pérdida puede ser mayor y suponer el endeudamiento de nuestra familia.

A beneficio de Inventario
Para evitar estas situaciones existe lo que se conoce como aceptación de la herencia “a beneficio de inventario” que consiste en que el heredero se reserva la posibilidad de renunciar a la herencia si el importe de las deudas es superior al valor de dicha herencia.
Conviene informarse muy bien y acogerse “a beneficio de inventario” para saber si nos conviene o no aceptar la herencia. Y a su vez contactar con un profesional inmobiliario de la zona para que nos pueda valorar a precio de mercado la vivienda a heredar para que podamos tomar la decisión adecuada.

Aceptación Tácita
También es importante saber que para que se produzca la aceptación de la herencia no hace falta otorgar escritura pública o presentar un escrito, bastando la aceptación tácita de la herencia, es decir mediante actos o hechos que manifiesten nuestra voluntad de aceptar la herencia por lo que debemos extremar las precauciones antes de realizar ningún acto que pueda hacernos acarrear con las deudas del fallecido.

Gastos de la aceptación de una vivienda en herencia:
- Plusvalía Municipal – corresponde pagarla en ayuntamiento donde esta ubicada la vivienda.
- Impuesto de Sucesiones – en base a la Comunidad Autónoma de residencia del fallecido se pagará una cantidad de dinero diferente.
- Comunidad de Vecinos – atrasos o derramas si las hubiera.
- IBI – hay que pagar cualquier atraso y hacerse cargo de dicho impuesto.
- IRPF – en caso de vender algún inmueble heredado debemos tributar por el IRPF (Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas) por la ganancia patrimonial que hayamos obtenido.
- Gastos de gestión por la intervención de abogados, notario, gestoría y registro de la propiedad.
- Liquidación de las deudas pendientes del fallecido – hipotecas, embargos, suministros y servicios, etc.

Lo mejor es contactar con un profesional
Siempre lo mejor es contactar con profesionales y expertos que nos asesoren durante todo el proceso de la aceptación de herencia.